Señalan graves irregularidades en Juzgado Mixto de Zongolica: Delegada del Foro de Abogados

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  • La delegada del Foro de Abogados en el Estado de Veracruz, Justina Reducindo Candanedo. (1) (1) [1600x1200]

  • Asegura que cambian hojas de expedientes

 


Benito Juárez Ramírez


Zongolica, Ver.- Para la delegada del Foro de Abogados del Estado de Veracruz, Justina Reducindo Candanedo, en Zongolica la Ley no se cumple y está totalmente desvirtuada y fuera de lugar.


Esta abogada se refirió específicamente a los funcionarios del Juzgado Mixto de Primera Instancia, quien dijo que de acuerdo  a el expediente 205/2015 donde obra un trámite de prescripción, existe la sospecha fundada de que cambiaron unas fojas, pues a partir del 349, ya no aparecen foliadas ni selladas, incluso, la foja 349 sólo tiene la mitad del sello y la 350, simplemente ya no se observa.


Detalló que en el artículo 46 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado establece que “el secretario (del Juzgado) hará constar el día y hora en que se presente un escrito, asentado su número progresivo de registro y si contiene o no la firma del patrono, e inmediatamente dará cuenta con él, bajo la pena de multa, si no da cuenta con él en las 24 horas de inmediato se le debe imponer una multa de un día de salario que perciba el servidor público, sin perjuicio de las demás sanciones que merezca conforme a las leyes”.


Aseguró que esto ocurre regularmente en todos los expedientes, “nunca se cumple con esta disposición y hay un caso donde obra un trámite de prescripción en el expediente civil 205/2012 en que finalmente se le dictó sentencia favorable al ciudadano José Victorino Tezoyotl Juárez”, asentó.


Informó que se dictó sentencia el 27 de octubre del 2014, sin embargo el 19 de noviembre, el interesado estuvo en el juzgado, obtuvo copia de la resolución, pidió el expediente y se cercioró de que no existía ninguna promoción presentada que atacara la resolución dictada a su favor.


Curiosamente, precisó: “el pasado 25 de noviembre se impuso de los acuerdos porque salió una notificación que decía la parte contraria a él, había interpuesto recurso de apelación y sin embargo al imponerse de los autos y al pedir el expediente se cerciora que a partir de la foja 350 del expediente no estaba ni foliada ni sellada, y la penúltima hoja (349) sólo estaba sellada la mitad, lo que quiere decir que cambiaron la hoja siguiente y aparece presentado un recurso con sello de recibido con fecha 11 de noviembre de 2014, esto qué quiere decir, que la sentencia se dictó el 27 de octubre, entonces son 5 días para presentar el recurso, pues todavía está en duda si presentó el recurso, porque del 27 de octubre se notificó por estrados, pero también costa en autos que el abogado de la parte contraria acudió por comparecencia al juzgado”.


Sentenció: “Es criminal porque se viola el derecho de esta persona y se pone de manifiesta que el control de las promociones no se cumple como lo establece el artículo 26 del Código de Procedimientos Civiles, porque no puede ser que se haya presentado una promoción el 11 de noviembre y se haya acordado hasta el 25 de noviembre”.


Explica que eso quiere decir que la promoción se presentó posteriormente fuera de término pero que hubo algún movimiento especial que hizo aparecer la promoción hasta el 25 de noviembre, “es doloroso, porque la gente debería de confiar en la actitud de los jueces”.


La entrevistada aseguró que ya se interpuso un recurso de queja ante el Juzgado de origen para que a su vez se le de seguimiento en el Tribunal Superior de Justicia para su r



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